Columna del Padre Tomás



En la antigüedad se solían marcar los caminos con postes o pequeñas columnas. Eran los puntos de referencia para ir haciendo camino. A veces también se usaban las columnas para recordar hechos, personas, acontecimientos a no olvidar.

Las columnas del Padre Tomás del Valle son un poco ambas cosas. Piedras que marcan el camino que se va haciendo cada día, sin rutas, sin marcas. Y también Columnas que recuerdan hechos, personas, acontecimientos. En ambos casos no es otra cosa que un intento de trazar caminos en la aldea global.

Seguidores

sábado, 14 de septiembre de 2013

EL CELIBATO EN LA IGLESIA

Columna Septiembre 15, 2013
En días recientes el ex embajador del Papa en Venezuela, el arzobispo Pietro Parolin, en una entrevista al Universal de Venezuela afirmaba “El celibato obligatorio" no es un dogma de fe y puede ser discutido porque es una tradición eclesiástica” Con dicha afirmación el recién nombrado Secretario de Estado del Vaticano ha vuelto a poner sobre el tapete la discusión del celibato en la Iglesia Católica.
Las primeras referencias bíblicas sobre el tema son de San Pablo. En cartas a Timoteo y Tito habla de las cualidades que debe tener tanto el obispo como el diácono, fieles a sus esposas y buenos gobernantes de sus hogares, ya que “uno que no sabe gobernar su casa, ¿cómo va a cuidar de la Iglesia de Dios? (1Timoteo)
Hasta el siglo IV no se vuelve a plantear el tema de la vida célibe de los sacerdotes. 
 En el concilio llevado a cabo en Elvira se impuso a los clérigos no la ley del celibato, sino la ley de la continencia sexual, esto es, que el matrimonio no podía mantener relaciones sexuales después de que el varón fuese ordenado sacerdote. 
Esta disciplina se mantuvo por siglos, a pesar de muchas oposiciones y rechazos.
En el Oriente Cristiano la disciplina fue distinta. El concilio Trullano (año 692) fijó la ley que sigue vigente hasta el día de hoy según la cual los hombres casados pueden ser sacerdotes.
¿Desde cuándo existe por tanto la ley del celibato? Fue el Papa Inocencio II quien, en el Segundo Concilio de Letrán llevado a cabo en el año 1139, declaró oficialmente que el matrimonio de los sacerdotes estaba prohibido y, de llevarse a cabo, era inválido. 
El criterio determinante para esta prohibición fue múltiple. Por un lado estaba el aspecto económico.
Había el peligro que un sacerdote casado dejara los bienes de la Iglesia como herencia a sus hijos y familiares.

También se consideró el principio de “Pureza Ritual” según el cual tan solo los que son “puros” pueden acceder a lo sagrado. Se tenía el convencimiento de que las relaciones sexuales contaminaban y manchaban. 
Esa mentalidad estaba presente entre los sacerdotes judíos casados, que, cuanto les tocaba servir en el Templo, vivían en el recinto sagrado sin sus respectivas esposas.
 Este argumento está en la base de la imposición en el siglo IV por parte de las autoridades eclesiásticas de que los sacerdotes debían celebrar la misa todos los días. 
Junto a esta obligación se añadió la de la continencia sexual por parte del clero.
La Reforma Protestante uno de los temas que va a poner en discusión es igualmente el del celibato de los clérigos. Como respuesta el Concilio de Trento va a establecer que el celibato y la virginidad son superiores al matrimonio, cerrando por tanto toda posibilidad al matrimonio de los clérigos.
En el siglo XX los Papas presentan una visión más coherente y sensata sobre la sexualidad. Durante el Concilio Vaticano II se llegó a plantear el tema del celibato pero, después de largas y agrias discusiones, tan solo se admitió la ordenación de diáconos permanentes de hombres casados.

El Oriente Cristiano ordena sacerdotes a hombres casados. 
La Iglesia de Rito Latino, esto es, Occidente, tan solo ordena hombres solteros. El Papa Francisco, colegialmente, decidirá que opción seguir en el Tercer Milenio de la Iglesia.
Tertuliasiglo21@aol.com

No hay comentarios: